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5/3/20

¿Puedo devolver un libro ya leído amparándome en “si no queda satisfecho le devolvemos su dinero”?

El lema “si no queda satisfecho, le devolvemos su dinero” es justamente eso, un lema que utilizan algunos comercios que, a título particular, se obligan a cumplirlo de cara al consumidor. Sin embargo, según el real decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, la obligación legal del comerciante a la hora de aceptar la devolución de un producto se limita a que esté defectuoso, cuando la compra es presencial, y de 14 días de desistimiento, si la venta es a distancia y no se ha podido comprobar in situ la calidad del objeto en cuestión.
En otras palabras, si un libro no te ha gustado, mala suerte. Ni siquiera intentes arrancarle un par de páginas para hacerlo pasar por defectuoso porque, muy posiblemente, lo único que consigas sea un nuevo ejemplar en buen estado y no la devolución del dinero. Mejor decir que te lo han regalado, que no te dieron el tique y que ya lo habías leído. Esto último no deja de ser cierto.

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